El creciente incremento de la población extranjera en España, ha producido un auge de matrimonios celebrados entre personas extranjeras. Existen toda una serie de trámites previos a la celebración del matrimonio para determinar que se produce entre dos personas que efectivamente tienen una relación sentimental, descartando así el matrimonio por interés o conveniencia.
¿Qué tipo de matrimonios existen?
En la ley se recogen dos tipos de casos diferenciados: los matrimonios mixtos, que son aquellos que se realizan entre una persona con nacionalidad española y otra persona con otra nacionalidad y los matrimonios entre dos personas extranjeras. Cada uno cuenta con sus trámites y requisitos específicos.
¿Cuáles son los trámites necesarios?
Para los matrimonios mixtos, como trámite previo a su autorización es necesaria la apertura de un expediente. En dicho expediente se deberán adjuntar una serie de documentos entre los que figuran:
- Certificados de nacimiento de los miembros de la pareja.
- Declaración jurada de ambos miembros de la pareja en la que conste su estado civil actual. En el caso de que alguno de ellos estuviera divorciado, deberá adjuntar la sentencia confirmatoria del divorcio, necesaria para celebrar un nuevo matrimonio.
- Presentación de dos testigos que darán fe de la relación sentimental que existe entre la pareja. Requiere la revisión y comprobación de toda la documentación para la aprobación del expediente. Este permitirá la celebración de su matrimonio. Como consecuencia del mismo, el miembro de la pareja que no tuviera la nacionalidad española, se considerará a efectos legales familiar de su cónyuge con los derechos que ello conlleva, entre ellos el derecho de residencia.
¿Es usted nacional español y desea contraer matrimonio con una persona extranjera? En Abogados Extranjería Tenerife le ofrecemos todo el asesoramiento necesario para que pueda celebrar su matrimonio con todas las garantías legales. No dudes en contactar con nosotros y obtener más información, estaremos encantados de ayudarte.