REAGRUPACIÓN FAMILIAR
Los extranjeros residentes en la UE tienen el derecho a la reagrupación familiar. Ésta es una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de los extranjeros residentes en España por lo que si usted reside legalmente en España puede solicitar la reagrupación de algunos miembros de su familia.
Como obtener el derecho a la Reagrupación Familiar
Puede reagrupar con usted:
• A su cónyuge o persona que mantenga una relación análoga a la conyugal.
• A los hijos del reagrupante, cónyuge o pareja menores de 18 años o con una discapacidad.
• Ascendiente en primer grado del reagrupante residente de larga duración, o de su cónyuge o pareja.
• Ocasionalmente, cuando concurran razones de carácter humanitario, podrá reagruparse al ascendiente menor de 65 años de edad.
Es preciso saber que la reagrupación requiere la acreditación del cumplimiento de una serie de condiciones como que usted no sea un peligro para el orden, la seguridad o la salud pública, disponer de una vivienda adecuada, de un seguro de enfermedad, tener recursos fijos y regulares suficientes, así como cumplir las diferentes medidas de integración.
Este derecho le permite obtener al miembro de su familia reagrupado un primer permiso de residencia de duración mínima de 1 año, y su derecho a la educación, al acceso al empleo por cuenta propia o ajena y a formarse.
Se trata de un trámite relativamente complejo por lo que es fundamental contar con el asesoramiento legal necesario que le informe sobre todos los trámites a seguir, la documentación a aportar y los plazos con los que cuenta.
Por lo que si es usted un extranjero residente y cree que alguno de sus familiares se puede beneficiar de la reagrupación, no dudes en contactar con Abogados Extranjería Tenerife.