Cualquier ciudadano que ostente la nacionalidad de un país perteneciente a la Unión Europea tiene derecho a residir en cualquier otro país también de la UE, incluido España.
Si su residencia se va a prolongar por más de 3 meses en cualquier caso será necesario que solicite su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Se trata de un trámite de obligado cumplimiento para cualquier ciudadano de la UE, y además para cualquier ciudadano de aquellos países que cuentan con acuerdos especiales: Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Tendrá derecho a residir, trabajar o llevar a cabo alguna actividad económica si cumple una serie de requisitos. Independientemente de si va a realizar una actividad para otros (cuenta ajena) o por cuenta propia, destacamos:
- Recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. Seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del interesado.
- O estudiante matriculado en centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional. Seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione una cobertura completa en España y declaración responsable de que se posee recursos suficientes para sí y los miembros de su familia, para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
- O nacional de Estado miembro, familiar que acompaña o se reúne con usted, que cumple alguna de las condiciones anteriores. El familiar podrá ser:
- De los estudiantes, concretamente el cónyuge o pareja de hecho inscrita o sus hijos o los de su cónyuge o pareja a cargo.
- Y en los demás supuestos, su cónyuge o pareja de hecho inscrita, sus descendientes directos y los de su cónyuge o pareja menores de 21 años o incapaces o mayores de dicha edad que vivan a su cargo, y sus ascendientes directos o los de su cónyuge o de la pareja registrada que vivan a su cargo.
Se trata de un trámite importante de obligado cumplimiento, por lo que desde Abogados Extranjería Tenerife le recomendamos el asesoramiento legal adecuado para ser informado de todos los requisitos, documentación exigible y el procedimiento a seguir. No dudes en contactar con nosotros, nos encontrará a través de nuestro teléfono móvil o dirección de correo electrónico.